julio 21, 2026 6:47 pm

Sobre el deber de declarar la Falta Absoluta del Presidente y la convocatoria a elecciones presidenciales

En el actual contexto político e institucional que atraviesa Venezuela, el respeto a la Constitución resulta determinante para garantizar el orden jurídico y la estabilidad democrática del país.

La situación generada en torno a la titularidad del Poder Ejecutivo plantea la necesidad de dar cumplimiento a los mecanismos previstos en la Constitución, particularmente en lo relativo a la declaración de la falta absoluta del Presidente de la República y la consecuente convocatoria a elecciones.

En este sentido, el Bloque Constitucional de Venezuela presenta el siguiente comunicado, en el que fija posición sobre el deber de los órganos del Estado de actuar conforme a los artículos 233 y 234 de la Constitución, como base para el restablecimiento del orden constitucional.